En el marco de las elecciones programadas para el próximo domingo 13 de junio, en la cual se escogerán a los Gobernadores Regionales que pasaron a segunda vuelta, el Gobierno dio a conocer en el Instructivo de Desplazamiento las reglas para los candidatos y sus equipos. El traslado podrá hacerse con fines de propaganda electoral y para realizar trabajos afines a la candidatura, en toda la región por la que es candidato.
En esa línea, para la realización de actividades, los candidatos deberán respetar los aforos señalados en el Plan Paso a Paso, según el Paso en que se encuentre la comuna. En el caso de aquellos sectores que se encuentran en Paso 1 (Cuarentena) o Paso 2 (Transición) durante los fines de semana o festivos, las actividades de campaña solo podrán desarrollarse en lugares donde sea posible concurrir en virtud de un Permiso Individual de Desplazamiento General.
Con relación a lo anterior, el candidato para poder desplazarse en comunas en cuarentena y transición con sus equipos, deberán remitir semanalmente al correo spd-partes@interior.gob.cl una nómina de hasta 10 personas que serán parte de la actividad. Para ellos deberá enviar: Nombre completo, RUN y domicilio de comando de campaña de la candidatura; y el nombre completo, RUN y domicilio de cada una de las personas que formarán parte del equipo de campaña del candidato, teniendo como prevención que no podrá superar las 10 personas.
La autorización deberá ser usada solamente para funciones afines a la candidatura, para el acompañamiento y apoyo del candidato respectivo y exclusivamente en las zonas por las que éste postule, debiendo portarla cada persona autorizada en todo momento. En ningún caso, permitirá el desplazamiento interregional ni en horario de toque de queda.
La realización de caravanas solo podrá incorporar a personal de la campaña autorizado y los puntos de prensa deberán realizarse al aire libre. Estas dos últimas actividades podrán realizarse sin restricción de ubicación.
Es importante señalar que en ningún caso podrá hacer uso de esta autorización una persona que se encuentre en los registros de COVID-19 activos que mantiene la autoridad sanitaria ni aquellas personas sujetas a medidas de aislamiento obligatorio en virtud de la Resolución Exenta N°43 de 2021 del Ministerio de Salud y sus modificaciones posteriores.
Se podrán otorgar estas autorizaciones hasta el término del período legal de campaña.